Dudas frecuentes de clase: Diferencia entre arma larga y arma corta

La pasada semana surgió la duda  en clase sobre las características que debe reunir un arma de fuego  para ser considerada como arma corta o larga. Hoy resolvemos esta duda de la mano de uno de nuestros profesores.

Según el  Reglamento de Armas, se  considera arma de fuego corta al  arma de fuego cuyo cañón no exceda de 30 cm o cuya longitud total no exceda de 60 cm.

Se ha interpretado por sentido común, que se debía considerar arma de fuego larga cuando el arma se excedía en esas dos medidas. Esto es así porque se entendía que un arma de fuego con un cañón no exceda de 30 cm pero su longitud total fuese, por ejemplo de 1,5 metros, no tiene, desde luego, la apariencia de una arma corta. La peligrosidad del arma es lógicamente mayor en un arma corta que en una larga, por el hecho que es más fácil de esconder y por tanto más difícil de detectar.

Consultada la Intervención de Armas de la Guardia Civil de Granada, me indican que se han suscitado muchas dudas al respecto y aclara que si bien esta interpretación es en cierto modo justificada, no es la acertada.

Así, el arma de fuego cuyo cañón  no exceda de 30 cm, se le debe considerar arma corta, aunque no cumpla con la otra medida de longitud total. De igual forma, si el arma tiene una longitud total que no excede de 60 cm pero el cañón excede de 30 cm, seguirá siendo un arma corta.

Ejemplos:

1º.- Un arma de fuego cuyo cañón mide 20 cm y  la longitud total es de 2 metros, se considera arma corta.

2º.- Un arma de fuego cuyo cañón mida 40 cm y su longitud total sea 60 cm, se considera arma corta.

3º.- Un  arma de fuego cuyo cañón mida 31 cm y su longitud total sea 61 cm, se considera arma larga.

Podemos decir que solo será arma larga cuando sobrepase las dos medidas indicadas por el Reglamento de Armas (cañón> 30 cm y longitud total> 60 cm) . Si el arma de fuego cumple con alguna de las medidas indicadas en el Reglamento de Armas,  será arma corta.

Conclusión:

Si el arma no alcanza una de estas dos medidas, se considera un arma corta. Si se superan ambas longitudes, se considera un arma larga.*

Por J, profesor de Centro Andaluz de Estudios

*Esta información ha sido contrastada personalmente por nuestros profesores en la Dirección General de la Guardia Civil

 

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