Diferencias entre la complicidad y la cooperación necesaria

Hoy en nuestro blog, vamos a comentar las diferencias entre la complicidad y la cooperación necesaria en un delito. Este tema, que puede caer como supuesto en el examen que se aproxima, suele generar mucha confusión, por lo que merece la pena leer esta entrada completa.

  • En la cooperación,  la determinación de cuando es meramente eficaz, calificada de complicidad y cuando, además, es necesaria, considerada como autoría, se oponen una concepción abstracta y una concreta. Para la primera, ha de determinarse si el delito se habría podido efectuar o no sin la cooperación del participe, en tanto para la segunda por la jurisprudencia ha de investigarse si, en ese caso concreto, ha contribuido necesariamente a la producción del resultado como condición sine qua non, formulándose en la doctrina, para determinar tal necesidad, la teoría de los bienes escasos.
  • Existe cooperación necesaria cuando se colabora con el ejecutor directo aportando una conducta sin la cual el delito no se habría cometido (teoría de la conditio sine qua non), cuando se colabora mediante la aportación de algo que no es fácil obtener de otro modo (teoría de los bienes escasos) o cuando el que colabora puede impedir la comisión del delito retirando su concurso (teoría del dominio del hecho)
  • La complicidad requiere el concierto previo o voluntad de participar contribuyendo a la consecución del acto conocidamente ilícito y finalmente la aportación de un esfuerzo propio, de carácter secundario o auxiliar, para la realización del empeño común. Se distingue de la coautoría en la carencia del dominio funcional del acto y de la cooperación necesaria en el carácter secundario de la intervención.

A continuación, podréis descargar el extracto de una sentencia real sobre este tema para que veáis mejor la aplicación práctica.

STS 2012 DIFERENCIA COMLICIDAD COOP. NECESARIA EXTRACTO

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